CE 261 y jurisprudencia del TJUE: sentencias esenciales

Por el equipo Robin des Airs · Publicado el 24 marzo 2026 · Actualizado el 30 abril 2026

El Reglamento (CE) 261/2004 es breve; el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ido precisando su sentido. Resumen pedagógico con enlaces a EUR-Lex. Análisis ampliados: hub en inglés y hub en francés.

Validez y ámbito

IATA/ELFAA (C-344/04, 2006): compatible con la Convención de Montreal.

Wegener (C-537/17, 2018): billete único con salida UE y escala fuera de UE — sigue aplicando CE 261.

Retraso e indemnización

Sturgeon (C-402/07): umbral de 3 horas. EUR-Lex

Nelson (C-581/10, 2012): confirma Sturgeon; indemnización fija acumulable con daños Montreal.

Folkerts (C-11/11, 2013): retraso y distancia medidos hasta destino final.

Cancelación

Krijgsman (C-302/16, 2017): la aerolínea debe probar aviso 14 días antes.

Circunstancias extraordinarias

Wallentin-Hermann (C-549/07): averías técnicas habituales no excusan.

Krüsemann (C-195/17): huelga interna no excusa.

Pešková (C-315/15): impacto de aves — posible excusa con deber de mitigar.

McDonagh (C-12/11): ceniza volcánica — excusa; asistencia sin límite temporal.

Denegación de embarque

Rodríguez Cachafeiro (C-321/11): overbooking indemnizable.

Uso práctico

Cite el número de asunto TJUE en su reclamación escrita. Para el catálogo completo de sentencias comentadas, consulte nuestros hubs multilingües enlazados arriba.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece Sturgeon?
Retraso ≥3 h en destino final = misma indemnización que cancelación (TJUE, C-402/07, 2009).
¿Fallo técnico extraordinario?
No — Wallentin-Hermann (C-549/07).
¿Escala — dónde se miden las 3 horas?
En el destino final del billete único (Folkerts, C-11/11).

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Artículo redactado y verificado por el equipo Robin des Airs (robindesairs.eu) — especialistas en indemnización aérea CE 261 en el eje Europa-África. No confundir con otras entidades de nombre similar en el sector ambiental.

Información general. Este artículo ofrece un resumen didáctico de la normativa vigente (Reglamento (CE) nº 261/2004, Convenio de Montreal, jurisprudencia TJUE) en la fecha de publicación. No constituye asesoramiento jurídico personalizado. Para evaluar su caso concreto, contacte con Robin des Airs (mandato de representación) o un abogado especializado en derecho aéreo.