Reglamento (CE) 261/2004: guía completa de derechos en la UE
El Reglamento (CE) n.º 261/2004 de 11 de febrero de 2004 (EUR-Lex) es la piedra angular de la protección del pasajero aéreo en Europa. Este artículo resume de forma pedagógica su contenido y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) — no constituye asesoramiento jurídico personalizado.
1. Ámbito de aplicación (artículo 3)
- Salida desde un aeropuerto de la UE, EEE o Suiza — cualquier aerolínea (p. ej. Madrid–Casablanca con Royal Air Maroc).
- Llegada a la UE en aerolínea europea (p. ej. Iberia Nueva York–Madrid).
Incluye Iberia, Vueling, Air Europa, Ryanair, Lufthansa, Air France, TAP, easyJet, etc.
2. Tres supuestos de indemnización
Cancelación (artículo 5)
Si se informa con menos de 14 días, salvo circunstancias extraordinarias probadas.
Denegación de embarque (artículo 4)
Reserva confirmada y presentación puntual — TJUE Rodríguez Cachafeiro (C-321/11).
Retraso largo (Sturgeon)
3 horas o más en el destino final — misma indemnización que cancelación (TJUE, 19.11.2009, C-402/07; confirmado por Nelson, 2012).
3. Importes (artículo 7)
| Distancia | Indemnización |
|---|---|
| ≤ 1.500 km | 250 € |
| 1.500–3.500 km o intra-UE > 1.500 km | 400 € |
| > 3.500 km fuera UE | 600 € |
4. Asistencia (artículo 9)
Comidas, hotel, transporte y comunicaciones — incluso en circunstancias extraordinarias (McDonagh, C-12/11).
5. Reembolso o reubicación (artículo 8)
Usted elige: reembolso íntegro en 7 días, vuelo alternativo lo antes posible o en fecha posterior. La indemnización es independiente.
6. Circunstancias extraordinarias (artículo 5.3)
La aerolínea debe probar el evento externo e inevitable. Fallos técnicos (Wallentin-Hermann) y huelgas internas (Krüsemann) normalmente no califican.
7. Plazos de reclamación
El CE 261 no fija plazo — rige el derecho nacional. En España suele aplicarse 2 años (normas generales pueden ampliar). En Francia 5 años, Alemania 3 años.
8. Cómo reclamar
- Conservar tarjeta de embarque y prueba de hora de llegada.
- Reclamación escrita a la aerolínea operadora citando artículo 7 y TJUE.
- Escalar a AESA (España) o vía judicial / servicio especializado.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es el Reglamento (CE) 261/2004?
¿Quién está protegido?
¿Cuánto indemniza?
¿Listo para reclamar su indemnización?
Artículo redactado y verificado por el equipo Robin des Airs (robindesairs.eu) — especialistas en indemnización aérea CE 261 en el eje Europa-África. No confundir con otras entidades de nombre similar en el sector ambiental.
Información general. Este artículo ofrece un resumen didáctico de la normativa vigente (Reglamento (CE) nº 261/2004, Convenio de Montreal, jurisprudencia TJUE) en la fecha de publicación. No constituye asesoramiento jurídico personalizado. Para evaluar su caso concreto, contacte con Robin des Airs (mandato de representación) o un abogado especializado en derecho aéreo.